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Baja California

Por adjudicación directa, nueva renta de patrullas en Mexicali

Por: Cristian Torres Cruz

Mexicali, 4 de agosto. El Comité de Adquisiciones del Ayuntamiento de Mexicali entregó un nuevo contrato a la empresa Integra Arrenda, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R. por un monto de 14 millones 810 mil 159 pesos con IVA incluido.

Lo anterior para rentar un nuevo lote de patrullas bajo el proceso de adjudicación directa número AYTOMXL-OM-ADJ-DIR-12-22.

Según la página de Facebook del Comité de Adquisidores del Ayuntamiento de Mexicali, sesionaron el 18 de julio del 2022 con el único punto del orden del día de entregar el contrato por 65 patrullas a la Dirección de Seguridad Pública de Mexicali.

Aunque la información no se ha subido al portal de transparencia del Ayuntamiento de Mexicali, en la sesión se informó que se estima que 

el arrendamiento sea por un plazo de 153 días, y la empresa tiene como obligación entregar las patrullas en un plazo de 30 días, que culminará el 18 de agosto.

Tipo de vehículos 

Se trata de 60 patrullas Nissan por un costo de 11 millones 76 mil 496 pesos, lo que representa un costo diario de mil 207 pesos; también cuatro unidades 4 x 4, a un costo de un millón 355 mil 943 mil pesos, equivalente a una renta diaria de 2 mil 215 pesos.

Además de una camioneta para transporte de elementos de seguridad a un costo de  334 mil 935 pesos por los 153 días lo que equivale a una renta diaria de 2 mil 189 pesos.

La empresa Integra Arrenda ganó una licitación para la renta de patrullas en Hermosillo en 2022, sin embargo, en la capital de Sonora se rentaron vehículos eléctricos a un costo unitario de mil 376 pesos diarios, apenas 269 pesos más caros, pero se trata de vehículos todo terreno.

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Lo que dice el Reglamento en la materia

Según el artículo 28 fracción II del Reglamento de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Gobierno Municipal de Mexicali, la adjudicación directa solo se deberá aplicar en caso fortuito o fuerza mayor que ponga en riesgo un programa prioritario.

El artículo 38 Fracción III y IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para el Estado de Baja California señala que la adjudicación solo se puede dar en caso de que de no hacerlo se puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes.

Además de que derivado de caso fortuito o de fuerza mayor, no sea posible obtener bienes o servicios mediante el procedimiento de licitación pública en el tiempo requerido para atender la eventualidad de que se trate.

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