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Baja California

Presentan iniciativa para que imputados en BC puedan votar

Por: Redacción

Mexicali, 22 de septiembre.- La diputada Araceli Geraldo Núñez presentó este miércoles una iniciativa para reformar el Código Penal del estado de Baja California, con el objetivo de salvaguardar los derechos políticos de los ciudadanos que se encuentran en proceso de sentencia en prisión.

La diputada planteó reformar el artículo 52 del Código Penal para no suspender sus derechos políticos a las personas que se encuentren en proceso de una sentencia penitenciaria.

Explicó que la suspensión de los derechos políticos en Baja california se comienza hasta que el juez dicte una sentencia condenatoria con pena de prisión, pero además la misma debe declararse ejecutoriada para que esta produzca sus efectos jurídicos.

Privilegiar la inocencia

Con este fundamento la presidenta de la Comisión de Comunicación Social de la XXIV Legislatura cuestionó el por qué hasta la fecha no se ha ejercido el derecho al voto de los privados de la libertad, que se encuentran en calidad de imputados. ya que de acuerdo al numeral 20 inciso B, fracción I, de la Carta Magna se establece que se debe privilegiar su inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, aseveró.

“Y como es bien sabido en los Centros Penitenciarios de nuestro estado, no todos los privados de la libertad han sido sentenciados; pues por ejemplo en el CE.RE.SO., la Mesa de la ciudad de Tijuana, se encuentran personas que se les sigue un proceso aún, siendo una población con una cantidad importante; luego entonces se considera que se les violenta un derecho establecido”

Todos los ciudadanos mexicanos gozamos del derecho de ejercer el voto en tiempo de elecciones populares, el cual debe ser libre y secreto

Reforma al artículo 52 del Código Penal


En ese sentido, la diputada Geraldo Núñez plantea reformar el artículo 52 del Código Penal a fin de que la suspensión de derechos políticos, no cause efecto jurídico, mientras dure el proceso del imputado, sino hasta que cause ejecutoria la sentencia.


El órgano jurisdiccional comunicará al Registro Nacional de Electores la suspensión de derechos políticos impuestos al imputado. Se plantea que dicha suspensión comience desde que cause ejecutoria la sentencia respectiva y que dure todo el tiempo de la condena. 

La presente iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales para su respectivo análisis y posterior dictaminación. 

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