México

Emilio Lozoya consigue amparo contra prisión preventiva

Por: César Arellano García / La Jornada

Ciudad de México, 7 de septiembre.- Un Tribunal Unitario en Materia Penal de Ciudad de México le concedió un amparo al ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin, que ordena dejar sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva justificada impuesta en el proceso que se le sigue por el caso Odebrecht.

El fallo no quiere decir que el ex funcionario quede en libertad, sino que el magistrado ordenó al juez de control con residencia en el Reclusorio Norte, José Artemio Zúñiga Mendoza, se pronuncie de nuevo y dicte un nuevo fallo respecto a la solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) de mantenerlo privado de la libertad, la cual puede ser en el mismo sentido de la anterior, purgando los vicios formales o en sentido diverso.

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En mayo pasado, Emilio Lozoya promovió el recurso que admitió el primer tribunal unitario en materia penal, en contra de la prisión preventiva necesaria, que le impuso José Artemio Zúñiga, como parte del proceso penal que se le sigue en el proceso penal que enfrenta por haber recibido sobornos por más de 10 millones de dólares de la empresa constructora brasileña Odebrecht.

El ex director de Pemex, solicitó la protección de la justicia federal contra la prisión preventiva que se le dictó el pasado 26 de enero, sin embargo, ahora busca que le sea modificada la medida cautelar.

Es el primer alto funcionario del gobierno de Enrique Peña Nieto en ser encarcelado por actos de corrupción vinculados con la constructora brasileña Odebrecht, la cual le entregó 10.5 millones de dólares que, según dijo Lozoya a la FGR, se destinaron a algunos compromisos de la campaña del ex mandatario priísta y a sobornos a legisladores para que avalaran la reforma energética en 2013.

“Dejar insubsistente la resolución reclamada, emitida el 6 de abril de 2022, en su lugar, emitir otra en la que tomando en consideración lo resuelto en esta sentencia y conteste la totalidad de los agravios formulados por la defensa del quejoso”, señala la sentencia.

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