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México

Invalida Corte la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales

Por: Eduardo Murillo y Jessica Xantomila / La Jornada

Ciudad de México, 24 de noviembre. Por mayoría de nueve votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los delitos fiscales, como contrabando, defraudación y uso de facturas falsas no constituye una conducta de delincuencia organizada, y por tanto no es susceptible de ser sujeta a prisión preventiva oficiosa (PPO).

De esta manera se invalidó el artículo 2º, párrafo primero, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que consideraban que los imputados por esta conducta podrían ser privados de su libertad durante su proceso legal.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena explicó que, por definición, la delincuencia organizada es la conducta ilícita que tiene como objetivo desestabilizar al Estado de Derecho, y que la SCJN debe ceñirse a esta definición constitucional, por lo que los delitos fiscales no pueden entrar en esta tipificación.

En contra de la propuesta, solo votaron las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf, esta última enfatizó que las estructuras financieras que se construyen mediante estos delitos fiscales son claves para las organizaciones criminales.

En la última parte de la sesión, la SCJN decidió por unanimidad reconocer la constitucionalidad del delito de uso de facturas falsas, al considerar que no viola el principio de taxatividad.

El pleno declaró la invalidez de la prisión preventiva oficiosa por considerar que es incompatible con las garantías de presunción de inocencia y libertad individual contenidas en la Constitución.

La invalidez incluye a los artículos 167, párrafo séptimo, del Código Nacional de Procedimientos Penales, 5, fracción XIII, de la Ley de Seguridad Nacional.

En la discusión, el ministro Javier Laynez sostuvo que esta medida cautelar es “un fraude a la Constitución”, pues el Poder Legislativo se excedió al incluir la prisión preventiva oficiosa a más delitos que no están en la Carta magna.

Defensores de derechos humanos lamentan validación de PPO

Organizaciones de derechos humanos lamentaron que no se alcanzaran los votos suficientes para que la SCJN invalidara la PPO, más que para delitos fiscales, como contrabando y uso de facturas falsas.

Yesenia Valdez, coordinadora del área de Litigio Estratégico de la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho señaló que invalidar la PPO para delitos fiscales puede considerarse un avance para acotar el catálogo y que las decisiones no sean arbitrarias, “pero la exigencia debe de estar más allá de si está colocada o no en la Constitución, debe de estar desde la procuración de la justicia y desde la exigencia de investigación ante las fiscalías, ante los ministerios públicos, que realicen trabajos de investigación efectivos, que permitan hacer acusaciones, judicializaciones e imputaciones sostenidas”.

Lo anterior, agregó, sólo sucederá “cuando tengamos fiscalías de verdad autónomas y fortalecidas, con el personal adecuado y capacitado”.

En entrevista, sostuvo que la PPO va en contra de los derechos humanos, particularmente del principio pro persona.

La abogada señaló que en México todavía se tiene un rezago “tanto judicial como de investigación, en donde miles de personas (en prisión) esperan -no meses sino años- un proceso o una sentencia que determine su responsabilidad en la comisión de un delito”.

Por otra parte, dijo Valdez, cuando finalmente llega la sentencia y se determina su libertad, “¿qué pasa con los años dentro de una prisión? Recordemos que los centros de reinserción social han sido fallidos para reinsertar” a la persona.

A su vez, la organización Intersecta subrayó que la PPO “es una medida punitiva que priva a las personas de su libertad de manera arbitraria. Viola los derechos humanos y es problemática por donde se le vea: desde la perspectiva de las víctimas, de las personas acusadas y de las instituciones de justicia”.

En tanto, previo a la discusión en la SCJN, la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) aseveró que de acuerdo con los estándares internacionales, la prisión preventiva oficiosa “atenta” contra la presunción de inocencia, el debido proceso, el derecho a la integridad personal, la independencia judicial, la persecución eficaz de los delitos, entre otras garantías.

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