Opinión

Abarca: despropósito judicial

Por: Editorial La Jornada

El juzgado tercero de distrito de procesos penales federales, con sede en Tamaulipas y a cargo del juez Samuel Ventura Ramos, absolvió al ex alcalde de Iguala, Guerrero, José Luis Abarca Velázquez, de la acusación por su papel en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, al considerar que el Ministerio Público Federal no aportó pruebas suficientes para acreditar la acusación. Ello no implica que Abarca sea puesto en libertad de manera inmediata, pues también se encuentra procesado por el homicidio de los activistas Arturo Hernández Cardona, Félix Bandera Román y Ángel Román Ramírez, hechos ocurridos en junio de 2013.

El presidente de la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia (Covaj) para el Caso Ayotzinapa y subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación (SG), Alejandro Encinas, reaccionó a la sentencia del juez Ventura señalando que la Fiscalía General de la República (FGR) “tiene elementos suficientes para apelar este desafortunado acto de impunidad”. Apenas el mes pasado, el funcionario indicó que la orden de desaparecer a los jóvenes la dieron el propio Abarca y dirigentes del grupo delictivo Guerreros Unidos, en colusión con otras autoridades de diversos órdenes de gobierno.

Encinas también recordó que este togado ya liberó a 77 presuntos implicados en la desaparición de los estudiantes, en muchos casos aduciendo errores u omisiones cometidos por el Ministerio Público al detener, presentar o encarcelar a los acusados. Ya en 2019 lo criticó por la liberación absoluta e inmediata de 25 personas que habían sido aprehendidas en relación con el caso, entre ellas un individuo de tanta importancia en los esfuerzos para dar con el paradero de los muchachos como Gildardo López Astudillo, El cabo Gil, supuesto líder de Guerreros Unidos en Iguala.

En ese contexto, el subsecretario denunció que Ventura tenía a su alcance recursos jurídicos para salvaguardar los derechos de los presuntos criminales sin echar abajo las indagatorias y sin que sus decisiones se convirtieran en cartas de impunidad para los propios acusados y para las autoridades ministeriales que violaron los procedimientos debidos. Sostuvo, por ejemplo, que “la declaración obtenida por tortura obliga a reponer el procedimiento, investigando los actos y los elementos relacionados, manteniendo vigentes el resto de las pruebas que determinan la materialidad del delito, al tiempo que debe fincarse la responsabilidad y castigo a los torturadores”.

Si hicieran falta elementos para ponderar la tremenda descomposición imperante en todos los niveles del Poder Judicial federal y sus homólogos estatales, la acción sistemática de Ventura Ramos para desmantelar cualquier posibilidad de avance en el caso más emblemático de violación a los derechos humanos en la historia reciente de México exhibe de manera inapelable el alejamiento de algunos juzgadores de sus deberes de impartición de justicia. Si además se considera que tales despropósitos se acometen en casos sujetos al permanente y acucioso escrutinio público, resulta estremecedor imaginar las tropelías perpetradas por los jueces en aquellos procesos carentes de reflectores mediáticos, por lo que salta a la vista la urgencia de emprender una limpieza a fondo de una rama del poder público plagada de inercias y vicios inaceptables.

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